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Provinciales Somos Monte pide al Ejecutivo información sobre el presupuesto asignado para el ordenamiento de bosques
El colectivo Somos Monte Chaco, se dirigió al gobernador Domingo Peppo y al subsecretario de Recursos Naturales Luciano Olivares, en una misiva en la que les solicitan información acerca del total de los fondos ingresados a la provincia entre 2007 y 2019, en el marco de la Ley de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (Ley 26.331 ).
La misiva fue dirigida a Domongo Peppo como responsable del Estado chaqueño y a Luciano Olivares, del organismo de Contralor encargado de velar por el fiel cumplimiento de lo establecido en la Ley de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (Ley 26.331 )y administrador en la provincia de los fondos correspondientes a dicha Ley, para que brinde la información solicitada por Somos Monte Chaco, acerca total de los fondos ingresados a la provincia entre los años 2007 y 2019, con un pormenorizado detalle y acompañada de su respaldo normativo, especificando claramente origen y destino de los fondos.
“Para dar cumplimiento a lo establecido en esa Ley 26.331, la Nación gira regularmente a la provincia fondos destinados al control, monitoreo y sistema de información necesario para tal fin, como así también asistencia técnica y financiera dirigida a comunidades originarias campesinas para que éstas desarrollen actividades sustentables (30% del fondo) y para darcompensación directa al productor forestal con el fin de que realice un manejo sustentable del recurso (70 % del total)”, especificaron en un comunicado de prensa difundido este lunes.
Explicaron que la petición se enmarca dentro de lo dispuesto en la normativa referida. Como señala la Corte Internacional de los Derechos Humanos (CIDH), que dentro del marco del derecho humano al medio ambiente sano, el derecho a la información veraz y clara es fundamental para garantizar el adecuado ejercicio del mismo.
Advierten además que existe obligación de dar respuesta a lo requerido “bajo el concreto apercibimiento de que, en caso de no obtener contestación, se formularán las correspondientes denuncias ante los organismos competentes, de conformidad al marco normativo señalado”.
El docuemento es el siguiente:
Al
Sr. GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
Los abajo firmantes, integrantes del colectivo SOMOS MONTE, con domicilio legal en calle Don Bosco N° 613 de esta ciudad, nos dirigimos a Ud., a los fines de que proceda, y en los términos de las Leyes 25831 y 27275, como así también la Ley 17774 B de la Provincia informe, dentro de los plazos legales establecidos en las referidas normas, informe sobre los siguientes puntos:
El total de lo ingresado a la Provincia en el marco del Fondo del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo previsto en el Art.30 de la ley 26331 en el periodo comprendido entre los años 2007 al 2019 inclusive.-
La descripción exhaustiva -con su respaldo normativo concretamente identificado—del circuito y/o flujo y/o movimiento del ingreso y tratamiento local de dichos fondos. En particular deberá identificar: a. origen y entidad financiera desde dónde proviene la partida, b. entidad financiera -número de cuenta y/o todo otro dato identificatorio- que recepciona los fondos; c. tratamiento contable de los mismos; d. funcionario y/o autoridad responsable del manejo de los mismos, con especifica identificación del marco normativo de referencia.-
La aplicación de los fondos de conformidad a lo establecido en el Art.35 de la Ley 26331. En particular deberá identificar: a. el total de lo utilizado en concepto de control y monitoreo y sistemas de información, como así también los programas de asistencia técnica y financiera dirigidos a comunidades originarias y campesinas para el desarrollo de actividades sustentables (30% del fondo) b. el listado total de todos los beneficiarios en el conferimiento de las compensaciones instituidas por la ley (70% del Art.35). todo ello en el periodo comprendido entre los años 2007 al 2019 inclusive.
En el caso de adquisición de bienes para la realización de las actividades de monitoreo previstos en el inc.a del Art.35 deberán identificarse concretamente los mismos, su finalidad, funcionalidad, y el estado de los mismos a la fecha de la presente solicitud.-
La presente petición se enmarca dentro de lo dispuesto en la normativa referida, y el sentido que en función de los bienes y derechos en juego, adjudicara la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva N° 23/17. En dicha oportunidad la CIDH señaló que dentro del marco del derecho humano al medio ambiente sano, el derecho a la información veraz y clara es fundamental para garantizar el adecuado ejercicio del mismo.-
En orden a ello, la presente, contiene y advierte a de la obligación de dar respuesta a lo requerido bajo el concreto apercibimiento de formular las correspondientes denuncias ante los organismos competentes, de conformidad al marco normativo señalado.-
PROVEER DE CONFORMIDAD
SERÁ JUSTICIA
Fuente: Chaco Día por Día
Lunes, 18 de noviembre de 2019
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