la nueva normativa rige desde el pasado 27 de julio
El gobierno reguló el pago a directores del Estado en empresas
El Ministerio de Economía concentrará las remuneraciones que perciben los representantes estatales en empresas privadas. Se fijaron topes e impusieron responsabilidades que se deben cumplir.

Lunes, 6 de agosto de 2012
El gobierno puso un tope a las remuneraciones de los directores que representan al Estado en las empresas que tienen participación accionaria de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). La decisión, que hasta ahora pasó desapercibida para los medios, está incluida dentro del Reglamento de Representantes y Directores designados por las Acciones o Participaciones Accionarias del Estado Nacional. La normativa rige desde el 27 de julio pasado, con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 1278/2012. En lo operativo, el Reglamento supone una mayor jerarquización de la tarea los 50 directores del Estado que se sientan en las reuniones del directorio.
La medida podría ser el primer paso de una renovación en los nombres de los representantes del Estado en las empresas. Su labor no es menor, y mucho menos testimonial: deben velar por los intereses generales a través del paquete de acciones que están en manos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad. El Fondo se conformó tras el pase al Estado de las AFJP.
Hasta ahora, el asiento que le corresponde al Estado en los directorios de las empresas está mayormente en manos de funcionarios –secretarios y subsecretarios de Estado, directores nacionales– que al mismo tiempo deben cumplir con responsabilidades de gestión. Eso les quita tiempo para seguir de cerca lo que se resuelve en las asambleas de accionistas. Algunos directores por el Estado no reciben honorarios ni reciben ningún dinero por cumplir con ese rol. En otros casos sí cobran, según lo que decida la propia asamblea de accionistas: entonces reciben un cheque o un depósito bancario en caja de ahorros, como suele hacerlo cualquier empleado en relación de dependencia.
La sobrecarga de tarea para los funcionarios conspira contra una mayor eficiencia en el ejercicio del rol de directores por el Estado en las empresas privadas. También era un problema la falta de un reglamento específico para el cobro de honorarios, lo que dejaba un campo demasiado abierto a las empresas involucradas. Todo eso llevó al Ejecutivo a dictar el Reglamento, que fija límites para las remuneraciones (si las hay) e impone responsabilidades que se deben cumplir a toda costa.
El cambio más fuerte establece que los representantes del Estado, en el caso de que reciban algún honorario o retribución económica, no lo podrán cobrar más de manera directa. A partir del 27 de julio, las compañías deben depositar el importe asignado a los directores –el monto suele definirse en las asambleas de accionistas– en las cuentas bancarias del Ministerio de Economía (Servicio Administrativo Financiero 357, Jurisdicción 50). Una vez que haya recibido los depósitos, el Palacio de Hacienda se encargará de redistribuir los fondos para pagarle a cada director.
Otra innovación importante está pensada para aquellos funcionarios en ejercicio que al mismo tiempo son directores por el Estado en alguna compañía privada. El Reglamento establece que en ese caso el funcionario percibirá “un plus mensual” de tres veces el importe del pago que debe hacer un trabajador autónomo de la quinta categoría (que impone un pago mensual a la AFIP de 1376,98 pesos). Eso significa que deberá cobrar un adicional por una suma cercana a los 4130 pesos.
La escala salarial también fija criterios para los directores por el Estado que no tengan otros cargos en la administración pública y que ya estén recibiendo honorarios de parte de las empresas. Los directores que reciban remuneraciones que equivalgan a 13 veces el aporte de un trabajador autónomo de la quinta categoría (alrededor de 17.900 pesos) podrán cobrar el 100% de esas retribuciones.
Para los haberes superiores a 17.900 pesos, el gobierno estableció una escala salarial que incluye un porcentaje de retención. Si el director recibe remuneraciones de entre 13 y 16 veces el importe de la quinta categoría de autónomos, cobrará el 100% hasta llegar a los 17.900 pesos y a partir de allí recibirá el 60 por ciento. En el caso de que la retribución equivalga a 16 y 29 veces el importe de la quinta categoría, cobrará el 40% de ese tramo del sueldo. Y los directores que cobren más de 29 veces la quinta categoría, no percibirán monto alguno a partir de ese tramo.
El dinero que sea retenido por el Estado será destinado al Fondo Nacional del Menor y la Familia. Todo el detalle de la nueva normativa, incluyendo la centralización del pago a través del Ministerio de Economía y la escala de retenciones según el monto de los honorarios, está contenido en el decreto, que lleva la firma de la presidenta de la Nación, Cristina Fernández; el jefe de Gabinete de la Nación, Juan Manuel Abal Medina, y los ministros Hernán Lorenzino (Economía) y Carlos Tomada (Trabajo). Las empresas que tienen directores nombrados por el Estado operan en áreas estratégicas de la economía. La lista incluye a Banco Macro, Gas Natural Ban, Edenor, Consultatio, Siderar, Telecom, Pampa Energía, Transener, Camuzzi Gas Pampeana, Petrobras Energía, Grupo Clarín, Metrovías y Metrogas, entre otras. «
Bajo la órbita de Desarrollo Social
El Fondo Nacional del Menor y la Familia fue concebido con el objetivo de proteger a los menores, sus familias, ancianos y discapacitados de todo el país. Creado mediante la sanción de la Ley 22.359, desde el año 2007 el Fondo Nacional del Menor y la Familia quedó bajo la órbita de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, conducido por Alicia Kirchner.
kicillof centraliza los lineamientos
Los cambios en el procedimiento de cobro de honorarios, como también el tope para las retribuciones, están encuadrados en una serie de reformas que apuntan a darle más poder a la Secretaría de Política Económica y de Planificación del Desarrollo, que encabeza Axel Kicillof. El decreto dispone que esa secretaría centralice la toma de decisiones y concentre la información recibida de los directores del Estado en las compañías del sector privado. También establece que la Secretaría de Política Económica será la encargada de fijar los lineamientos que deberán llevar adelante los directores que representan al sector público. El objetivo, según plantea el decreto, es "garantizar y preservar" el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES.
La mayoría de los directores estatales en directorios de empresas están en funciones desde hace años. Algunos de ellos son funcionarios de segundas y terceras líneas, que deben conciliar su presencia en las asambleas de accionistas con el trabajo cotidiano en la gestión. Hay también directores que provienen de la actividad privada que fueron nombrados en acuerdo con los sindicatos.
Fuente: Tiempo argentino