Judiciales
Sobreseyeron al fiscal Gonella en una causa por difundir en Twitter una noticia
El ex titular de la PROCELAC, Carlos Gonella, había sido acusado por la jueza Lanz de incumplir sus deberes de funcionario público al haberla incluido como imputada de lavado de activos de su pareja, el narcotraficante Valentín Temes Coto. La magistrada también lo acusó por violación de secretos, por difundir a través de la red social la imputación publicada en este sitio oficial de noticias.

Martes, 24 de agosto de 2021
El fiscal general ante el Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba, Carlos Gonella, fue sobreseído de los delitos de abuso y/o incumplimento de los deberes de funcionario público y violación de secretos por los cuales había sido acusado por la jueza nacional porteña María Grabriela Lanz, cuya investigación en orden al delito de lavado de activos había sido impulsada por el fiscal cuando era titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC).
La jueza, querellante en el caso contra el fiscal, había intentado criminalizar la actividad del representante del MPF, al cuestionar primero que hubiera pedido su investigación como sospechosa de lavado de activos proveniente del narcotráfico en la pesquisa que involucraba a la pareja de la magistrada, el condenado Valentín Temes Coto, y la difusión que hiciera Gonella en su cuenta de Twitter de la nota publicada en Fiscales.gob.ar que daba cuenta de aquella imputación. La publicación se refería al impulso de la acción formulado por el fiscal penal económico Emilio Guerberoff, quien también había sido imputado por Lanz y resultó sobreseido antes que Gonella.
El sobreseimiento de Gonella fue dictado el 10 de agosto pasado por el juez federal Julian Ercolini, quien hizo lugar al pedido formulado por la defensa del fiscal como del fiscal del caso, Carlos Stornelli, quien consideró que no había elementos para elevar la causa a juicio oral y público en oportunidad en que el juez le corrió el traslado respectivo.
En el dictamen citado por el juez Ercolini, el fiscal Stornelli entendió que “no se encuentra reunido un cuadro que permita superar este momento de la crítica instructoria hacia estadios más avanzados”, por cuanto “las exigencias de probabilidad contempladas en el art. 306 del CPPN [norma del Código Procesal Penal de la Nación que se refiere a los términos y requisitos para el dictado de un procesamiento] no bastan para fundar una acusación en los términos del art. 347 del CPPN [norma que estipula los requisitos del requerimiento de elevación a juicio]”.
Según el dictamen de Stornelli, Gonella, como titular de la PROCELAC, “actuó dentro de los límites de sus funciones sin observarse un ejercicio abusivo de las mismas”. Indicó que tampoco aparecen “elementos para afirmar que dicho funcionario se hubiera apartado, en exceso o abuso de su función, del protocolo y procedimiento aplicable al caso particular”.
En relación a la imputación de violación de secretos por la publicación en Twitter realizada por Gonella, Stornelli señaló que la acción “fue, en todo caso, la de replicar información que ya había sido publicada”.
“La difusión de datos sobre dictámenes y requerimientos fiscales presentados en una causa penal donde no se decretó el secreto de sumario…no es base suficiente, por si sola, para hablar de violación de secretos. Por un motivo básico: se trata de información, en principio, pública”, citó Stornelli el pronunciamiento de la Cámara Federal en relación al caso.
En su adhesión al pedido de sobreseimiento formulado por Stornelli, la defensa del fiscal Gonella, por su parte, agregó que la imputación a Lanz como sospechosa de lavado de activos de su pareja condenada por narcotráfico se basó en “suficientes razones”, fundamentalmente en las recomendaciones internaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para la investigación del lavado de activos en el entorno de los condenados por maniobras ilícitas que conllevan grandes operaciones financieras. En efecto, Temes Coto había sido condenado a 20 años de prisión en la causa conocida como Manzanas Blancas por el tráfico de tres toneladas de cocaína entre nuestro país y España.
La defensa de Gonella indicó que no haber imputado a la magistrada y solicitado su investigación hubiera sido pasible de sanción por no haber promovido la persecución penal. “No hay incumplimiento de deberes, sino todo lo contrario, el liso y llano cumplimiento de los deberes del cargo que desempeñaba nuestro asistido”, señalaron los abogados de Gonella pertenecientes al Centro de Estudios Legales y Sociales. Agregaron que la información supuestamente revelada era claramente “información pública” y por ello no configura el delito de revelación de secretos y expusieron que la información difundida por la cuenta de Twitter de Gonella ya había tenido estado público por cuanto derivaban de notas periodísticas disponibles para el acceso público en Internet.
Al momento de resolver, el juez Ercolini tuvo en cuenta los argumentos de la fiscalía y de la defensa. Agregó que además se había violado el plazo razonable para el juzgamiento, pues “esta causa ya lleva casi siete años de duración, habiendo sido indagado el dr. Gonella el día 19 de diciembre de 2017”. El juez tuvo en cuenta también que la querella es la única parte impulsora del juicio, aunque tuvo en cuenta el “largo silencio de la parte particularmente ofendida del delito investigado”.
Para desandar el camino del fallecido juez Claudio Bonadío, quien había procesado oportunamente al fiscal, el juez Ercolini tuvo en cuenta otras causas en trámite en las que Gonella había sido imputado y que configuraban un cuadro fáctico contra su persona en este expediente. En efecto, el ex titular de la PROCELAC había sido acusado de prevaricato por supuestamente no impulsar una investigación contra el empresario Lázaro Báez, que a su vez había sido investigado por la jueza Lanz. En aquella causa la fiscalía pidió el sobreseimiento de Gonella en dos oportunidades y el trámite ahora está en la Corte Suprema por un recurso interpuesto de la Unidad de Información Financiera. De esa forma, se desvanecieron los indicios sobre una supuesta protección a Báez por parte de Gonella y de un ataque por ello mismo a la jueza Lanz, que investigaba al empresario.
El juez Ercolini concluyó que “la construcción histórica que fuera plataforma de los sucesos endilgados como una estrategia asociada se derribó” en relación a la atribución del delito de abuso y/o incumplimiento de sus funciones por parte de Gonella. Y, en relación a la imputación de violación de secretos, el magistrado reiteró lo ya indicado por la Cámara Federal porteña respecto de que la difusión de la imputación a Lanz no estaba protegida por el secreto de sumario y que los datos de dictámenes y requerimientos fiscales en una causa penal “se trata[n] de información, en principio, pública”.
Fuente: Chaco Día por Día