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Con período de gracia de 3 meses
ATP: el BCRA reglamentó créditos para pago de salarios con tasas subsidiadas de hasta 15%


La tasa de interés se determinará en función de la variación interanual en la facturación de la empresa con relación al mismo período del año anterior. La financiación contará con un período de gracia de 3 meses y se reembolsará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
El Directorio del Banco Central (BCRA) aprobó este jueves la instrumentación de los créditos a tasa subsidiada de 0% a 15% para empresas, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

De esta manera, el BCRA dispuso que las entidades del sistema financiero deberán otorgar esta línea a todas las empresas que la soliciten, siempre que estén comprendidas en el listado de beneficiarios que dé a conocer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los fondos deberán ser acreditados directamente en las cuentas sueldo de los trabajadores en un plazo de hasta 5 días hábiles desde el momento en que la solicitud sea recibida.

La tasa de interés se determinará en función de la variación interanual en la facturación de la empresa con relación al mismo período del año anterior:



La financiación contará con un período de gracia de 3 meses desde su acreditación y se reembolsará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Los créditos tendrán garantía FOGAR y el FONDEP subsidiará la diferencia de tasa entre la que abone la empresa y el máximo de 15% nominal anual.

Créditos a Tasa Cero Cultura

Además, el Directorio del BCRA aprobó la línea de Créditos a Tasa Cero Cultura, prevista en el Decreto Nº 332/2020. La AFIP dará a conocer el listado de beneficiarios elegibles, el monto y la entidad en la que se deberá dar curso.

Estas financiaciones se acreditarán en la tarjeta de crédito del solicitante en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas. En cada una de esas acreditaciones se adicionará el monto equivalente al pago de impuestos y contribuciones obligatorias, que será retenido y depositado por la entidad financiera en la AFIP.

La financiación tendrá una tasa de interés nominal anual de 0%, contará con un período de gracia de 12 meses a partir de su primera acreditación y se reembolsará a partir del mes treceavo en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.



Fuente: Ambito


Jueves, 6 de agosto de 2020
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