Nacional
La AFIP amplió el pago de anticipos por compras con tarjetas en el exterior
Ayer se publicó en el Boletín Oficial la norma que extiende esas percepciones a las adquisiciones de bienes y servicios con tarjetas de débito y por Internet, modalidades que no estaban incluidas en la resolución del viernes pasado.
Martes, 4 de septiembre de 2012
              

El Boletín Oficial publicó ayer una norma que complementa la decisión de que las compras en el exterior pagadas con tarjetas de crédito estén sujetas al pago de un anticipo del 15% del valor. Además, publicó una "fe de erratas". Ambas decisiones fueron emitidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Por la primera, los consumos que se realicen en el exterior a través de sitios electrónicos y/o con tarjetas de débito, tributarán un adicional del 15% como anticipo a cuenta del pago del Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales. Mediante la Resolución 3379, publicada ayer en el Boletín Oficial, se oficializó lo que se había adelantado el jueves último, cuando se anunció que las compras realizadas en el exterior a partir del 1 de septiembre con tarjetas de crédito emitidas en la Argentina, abonarán ese adicional del 15 por ciento.
En todos los casos, la medida incluye a las operaciones realizadas a partir del 1 de septiembre, y serán de aplicación para las liquidaciones que se realicen a partir del primer día de octubre de 2012, inclusive.
En tanto, el monto adicional luego podrá ser deducido por el contribuyente de sus respectivos pagos al fisco en concepto de Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales.
Respecto de la "fe de erratas", está vinculada a la decisión de que al tratarse de anticipos, se generan créditos en favor del contribuyente. Pero si este no tributa ni Ganancias ni Bienes Personales, se genera un problema pues no podrá recuperar ese anticipo. La resolución, que corrige la número 3378 del viernes pasado, dice textualmente: "Art. 9°- Los sujetos pasibles que no sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del Impuesto sobre los Bienes Personales podrán concurrir a las dependencias de la Dirección General Impositiva a los efectos de solicitar asistencia. Asimismo, la Mesa de Ayuda (mayuda@afip.gob.ar) y el 'Call Center' (0800-999-2347) de este Organismo prestarán similar asistencia y soporte técnico." Este artículo remplaza al original. La "fe de erratas" cuenta con otros dos artículos de forma.
De esta manera, la AFIP da respuesta a un interrogante que surgió el mismo jueves, durante la conferencia de prensa en la que el administrador Ricardo Echegaray presentó el nuevo criterio tributario.
A lo largo del día de ayer, Echegaray mantuvo contactos con la prensa para informar sobre los alcances de la nueva resolución y de la errata. En diálogo con varias radios, señaló que "el impacto del 15% que se aplica desde el sábado pasado para las compras en el exterior con tarjeta será "neutro para los que pagan (Impuesto a las) Ganancias y Bienes Personales". Al respecto, se refería a que no habrá dificultades para los contribuyentes en recuperar el dinero que hubieran pagado de más por esos conceptos, aunque no abundó en detalles sobre la mecánica para lograrlo.
El titular de la AFIP sostuvo que uno de los objetivos que se persigue con la medida es "combatir el enanismo fiscal", pero destacó que "con una situación fiscal transparente, los argentinos pueden vacacionar, consumir, realizar eventos, ir a trabajar o a estudiar al lugar del mundo que quieran". En ese sentido, dijo que "vivimos en un país en democracia, libre y podemos salir y entrar cuando queramos", al tiempo que destacó que "cada ciudadano puede orientar sus consumos hacia donde quiera, pero deben ser compatibles con las declaraciones juradas que nos presentan". El funcionario recordó que la franquicia para ingresar mercaderías desde el exterior es de U$S 300 y que por encima de eso se debe abonar una tasa del 50 por ciento. «


Cruzarán datos con la aduana

Ricardo Echegaray, jefe de la AFIP, señaló que el organismo cruzará las facturas de las tarjetas de crédito con la declaración de bienes en la Aduana para comprobar la veracidad entre las compras en el exterior y lo presentado al ingresar al país.
Echegaray señaló que en caso de detectarse diferencias entre el valor declarado en la Aduana y lo bienes adquiridos en el exterior según la liquidación de la tarjeta se enviará una nota al contribuyente para que aclare la situación.
Cabe recordar que cada pasajero puede ingresar bienes al país sin cargo por hasta 300 dólares y por encima de ese monto se paga un arancel del 50 por ciento.



Fuente: Tiempo argentino
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