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Sociedad
La Justicia suspendió decreto de Milei que afecta fondos de capacitación de empleados de comercio


El Juzgado Nacional del Trabajo N°45 dictó una medida cautelar a favor del INACAP que suspende provisionalmente el Decreto 149/2025, que limitaba los aportes obligatorios de empleadores para financiar la capacitación de empleados de comercio. Se garantiza la continuidad de aportes empresarios para formación profesional hasta resolver el litigio.


La resolución asegura que el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) continúe recibiendo los fondos establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, mientras se define el conflicto judicial.

El 5 de marzo de 2025, el Decreto 149/2025 estableció que las convenciones colectivas no podían imponer contribuciones obligatorias a empleadores no asociados a cámaras o asociaciones, salvo aceptación voluntaria. Esto afectó directamente al INACAP, creado en 2008 para financiar la formación del personal mercantil mediante aportes obligatorios del CCT 130/75.

El instituto inició una acción judicial argumentando que el decreto ponía en riesgo su sostenibilidad financiera y su misión formativa. El Estado Nacional planteó que el caso debía resolverse en el fuero contencioso administrativo, pero el juzgado laboral rechazó esta excepción, considerando que el conflicto involucra normas laborales y convenciones colectivas.

El tribunal encontró fundamentos suficientes para la cautelar: una posible contradicción entre el decreto y el CCT 130/75, y el peligro de desfinanciación inminente del INACAP, que podría afectar el derecho a la capacitación de los trabajadores.

El fallo suspende el decreto hasta que se resuelva el fondo del asunto, garantizando que los empleadores comprendidos en el CCT 130/75 continúen realizando los aportes mensuales al INACAP. Esta decisión protege, por ahora, el sistema de financiación de la formación profesional en el sector comercial y refuerza la vigencia de las negociaciones colectivas homologadas.

Qué es el INACAP y cuáles son sus objetivos

El Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) es una entidad creada en 2008, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, con el propósito de promover la capacitación y formación de trabajadores y empleadores del sector comercial.

Homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 600/2008, publicada el 13 de junio de 2008 en el Boletín Oficial Nº 31.426, el INACAP se financia principalmente a través de una contribución patronal mensual obligatoria, a cargo de los empleadores comprendidos en el convenio mercantil, asegurando así los recursos para cumplir con sus objetivos.

Los empleadores deben realizar aportes mensuales por cada empleado bajo convenio. Los fondos recaudados son administrados por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca), que destinan parte de estos recursos a Cámaras asociadas en el interior del país.

El INACAP tiene como misión principal capacitar a los trabajadores y cuadros ejecutivos del sector comercial para mejorar la productividad empresarial en beneficio del consumidor.

Además, busca promover la investigación, formación y difusión en temas de seguridad e higiene laboral junto con la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y organizaciones empresarias.

Entre sus objetivos, también se destaca fomentar la colaboración con universidades, centros de investigación y organismos especializados, tanto nacionales como internacionales, para el intercambio de conocimientos, así como impulsar la interacción con actores sociales y estatales para mejorar la actividad comercial, los servicios y la preservación del medio ambiente.


Viernes, 4 de julio de 2025
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